La condición de beneficiario y beneficiaria en el ámbito del Mutualismo Judicial resulta incompatible para la persona que la posea con:
- Un nuevo reconocimiento o mantenimiento de esa misma condición de otro mutualista en el mismo ámbito. En estos casos, el beneficiario o la beneficiaria deberá optar por su inclusión con un solo titular del derecho.
- La condición de mutualista obligatorio.
- La pertenencia a otro Régimen del Sistema de la Seguridad Social, ya sea como titular o beneficiario o beneficiaria.
Es OBLIGATORIO INFORMAR sobre las variaciones de datos personales y sobre los cambios en la situación de los requisitos que han de reunir los beneficiarios y las beneficiarias que estén incluidos en la cartilla del/ de la titular de MUGEJU.
- Cuando dejen de convivir y tener dependencia económica con el/la titular.
- Cuando comiencen a realizar trabajo remunerado, o perciban renta patrimonial o pensión superior al doble del IPREM.
- Cuando pasen a tener la prestación de asistencia sanitaria por otro Régimen de Seguridad Social, bien como titulares o como beneficiarios/as de otra persona.
TRAMITACIÓN
La solicitud de baja de Beneficiarios/Beneficiarias se realizarán de forma presencial en los Servicios Centrales y Delegaciones provinciales de Mugeju, así como en cualquiera de los demás lugares previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, por correo postal, o bien se puede solicitar ONLINE a través de esta SEDE ELECTRÓNICA.
Deberán presentar el impreso:
- SOLICITUD DE BAJA DE BENEFICIARIO/BENEFICIARIA teniendo en cuenta que cuando la baja sea debida a inicio de actividad laboral del beneficiario/de la beneficiaria deberá firmar el consentimiento expreso, o en su defecto aportar certificado de vida laboral expedido por la TGSS.
En el Modelo de Solicitud de Baja es IMPORTANTE consignar la fecha exacta en la que el beneficiario o la beneficiaria han dejado de reunir alguno de los requisitos y cual de ellos es el motivo de la baja. En los casos en que la baja la solicite el titular por motivo de separación o divorcio deberá acompañar copia del convenio regulador o sentencia de divorcio.
La solicitud de baja de Beneficiarios/Beneficiarias se puede presentar online. Lleva implícito el consentimiento expreso para que Mugeju pueda verificar los datos de alta en la actividad laboral del beneficiario/s y/o la beneficiaria/s que figuran en esta solicitud
Para la realización de este trámite online deberá estar dado de alta como mutualista de la Mutualidad General Judicial. La identificación se hará a través del sistema Cl@ve para lo cuál deberá estar dado de alta en dicha plataforma o bien disponer de dni-electrónico o de uno de los certificados digitales admitidos por la sede electrónica.
Consulte los requisitos técnicos de acceso a los trámites online.
Los trámites de Baja de Beneficiarios/Beneficiarias, a instancia del titular o la titular, se pueden realizar en los Servicios Centrales y Delegaciones provinciales de Mugeju, así como en cualquiera de los demás lugares previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Deberán presentar el impreso:
- SOLICITUD DE BAJA DE BENEFICIARIO/BENEFICIARIA teniendo en cuenta que cuando la baja sea debida a inicio de actividad laboral del beneficiario/de la beneficiaria deberá firmar el consentimiento expreso, o en su defecto aportar certificado de vida laboral expedido por la TGSS.
En el Modelo de Solicitud de Baja es IMPORTANTE consignar la fecha exacta en la que el beneficiario o la beneficiaria han dejado de reunir alguno de los requisitos y cual de ellos es el motivo de la baja. En los casos en que la baja la solicite el titular por motivo de separación o divorcio deberá acompañar copia del convenio regulador o sentencia de divorcio.