
CAMBIO ORDINARIO: Entre el 1 y 31 de enero del año en curso.
- Cambio ordinario: del 1 al 31 de enero de cada año
- Cambio extraordinario: durante todo el año
CAMBIO EXTRAORDINARIO: Durante todo el año
- Cuando se produzca un cambio de destino o de residencia, con cambio de Provincia.
- Surtirá efectos desde el día 1 del mes siguiente al que se realice la tramitación.
Para este cambio, deberán presentar:- El modelo A-1 SOLICITUD PARA LA AFILIACION Y VARIACIÓN DE DATOS DE TITULARES
- Los mutualistas y las mutualistas en activo deberán adjuntar, además, la toma de posesión en el nuevo destino.
- Cuando, por circunstancias excepcionales se obtenga la conformidad expresa, por escrito, de las dos entidades afectadas.
Para este cambio, deberán presentar:- Modelo de Solicitud de Cambio de Entidad Médica, marcando la casilla de CAMBIO EXTRAORDINARIO, debidamente cumplimentado y firmado.
- Escritos de conformidad de las entidades afectadas.
CAMBIO A SISTEMA PÚBLICO DE SALUD (INSS):
- Si no han estado nunca de alta en el Régimen General de Seguridad Social, como titulares, y carecen de número de afiliación, deberán cumplimentar y firmar el Modelo TA.1, así como presentarlo personalmente en la TGSS, para solicitar dicho número. Para esta tramitación deberán insertar el nº de afiliación a Seguridad Social en el apartado indicado en la solicitud o, en su defecto, adjuntar fotocopia del documento que lo contenga.
- Para tener acceso a la prestación de asistencia sanitaria, por el Sistema Público de Salud deberán solicitar personalmente la tarjeta sanitaria individual en el Centro de Salud de su Localidad de Residencia, tanto para el/la titular como para los beneficiarios y las beneficiarias incluidos/as en su documento de afiliación a MUGEJU.
Para información relacionada con las entidades médicas puede llamar a cualquiera de los teléfonos del Área de Asistencia Sanitaria o consultar, en la página Web, en el apartado de Prestaciones.
Para la realización de este trámite online deberá estar dado de alta como mutualista de la Mutualidad General Judicial. La identificación se hará a través del sistema Cl@ve
para lo cuál deberá estar dado de alta en dicha plataforma o bien disponer de dni-electrónico o de uno de los certificados digitales admitidos por la sede electrónica.
Consulte los requisitos técnicos de acceso a los trámites online.
Todos los trámites relacionados con CAMBIO DE ENTIDAD MÉDICA se pueden realizar por correo postal o de forma presencial en las Delegaciones Provinciales o en los Servicios Centrales.