CÓMO SOLICITAR UN CAMBIO DE ENTIDAD MÉDICA
Puede hacerlo por Internet: a través de la pestaña Online.
También puede hacerlo de forma presencial, como describe la pestaña Presencial.
Tarjeta sanitaria:
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Si ha elegido entidad privada, dicha entidad le enviará la tarjeta sanitaria al domicilio que conste en la base de datos de MUGEJU, en el plazo aproximado de una semana. Si el día de la fecha de efectos del cambio no dispone de la tarjeta, podrá utilizar la acreditación de MUGEJU que se descarga desde la sede electrónica de la mutualidad, donde consta su entidad médica.
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Si ha elegido el sistema público de salud (INSS), debe solicitar en el departamento de administración de su centro de salud la tarjeta sanitaria de su Comunidad Autónoma. Para ello, le recomendamos presentar el certificado que acredita su derecho a la asistencia sanitaria pública, que puede descargar desde la sede electrónica de la Seguridad Social.
Personas beneficiarias:
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Las solicitudes de cambio de entidad se realizarán siempre por parte de la persona titular y la resolución aplicará tanto a la persona titular como a las personas beneficiarias que tenga asociadas.
DOCUMENTACIÓN NECESARIA, PLAZO DE PRESENTACIÓN Y FECHA DE EFECTOS DEL CAMBIO
- Cambios ordinarios
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Documentación necesaria: ninguna; únicamente se debe presentar la solicitud.
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Plazo de presentación: del 1 al 31 de enero de cada año.
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¡¡NOVEDAD!! Fecha de alta en la entidad: día de la entrada de la solicitud por registro público (sede electrónica, registro electrónico general, delegación provincial de MUGEJU o cualquier otro registro de los establecidos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).
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Efectos del cambio: día siguiente al que se produzca su tramitación en la base de datos de MUGEJU.
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Cambios extraordinarios
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Por cambio de provincia o isla de destino:
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Documentación necesaria: toma de posesión en el nuevo destino y, en su caso, toma de posesión en el destino anterior.
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Plazo de presentación: un mes desde la fecha de la toma de posesión en el nuevo destino.
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Efectos del cambio: día siguiente al que se produzca su tramitación en la base de datos de MUGEJU.
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Por cambio de provincia o isla de domicilio:
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Documentación necesaria: certificado de empadronamiento en el domicilio actual y en el anterior.
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Plazo de presentación: un mes desde la fecha de empadronamiento en el nuevo domicilio.
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Fecha de alta en la entidad: día de la entrada de la solicitud por registro público.
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Efectos del cambio: día siguiente al que se produzca su tramitación en la base de datos de MUGEJU.
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Por disponer de la conformidad por escrito de las entidades privadas afectadas:
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Documentación necesaria: conformidad expresada por escrito de las dos entidades afectadas por el cambio. En el caso de solicitud de cambio desde el sistema público de salud a una entidad concertada, se deberá presentar únicamente la conformidad expresada por escrito de la entidad concertada.
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Plazo de presentación: un mes desde la conformidad por escrito de la entidad a la que se desea el cambio.
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Fecha de alta en la entidad: día de la entrada de la solicitud por registro público.
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Efectos del cambio: día siguiente al que se produzca su tramitación en la base de datos de MUGEJU O.A.
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Por circunstancias excepcionales, para cambios al sistema público de salud, cuando exista una justificación sanitaria:
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Documentación necesaria: informe reciente médico o sociosanitario, según el caso, que permita evaluar si se produce alguna circunstancia extraordinaria de las descritas en los criterios aprobados por MUGEJU (ver anexo de la instrucción para los cambios de entidad).
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Plazo de presentación: durante todo el año.
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Fecha de alta en el INSS: día que se acuerde en la resolución de la Gerencia de MUGEJU.
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Efectos del cambio: día siguiente al que se produzca su tramitación en la base de datos de MUGEJU O.A.
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IMPORTANTE: este tipo de cambio al INSS implica permanencia mínima de 2 años en el sistema sanitario público.
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Por circunstancias excepcionales, cuando esté justificado el cambio de una pluralidad de titulares y la gerencia de MUGEJU acuerde la apertura de plazo especial de cambio de entidad.
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Documentación, plazos y fechas que determine en la correspondiente resolución de la Gerencia.
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Para solicitar el cambio de entidad médica a través de esta sede electrónica debe estar dado de alta como mutualista titular de la Mutualidad General Judicial. Su identificación se realizará mediante el sistema Cl@ve, para lo cual deberá estar dado de alta en esa plataforma o bien disponer de DNI-electrónico o uno de los certificados digitales admitidos.
La presentación de su solicitud a través de esta sede electrónica implica que no se opone a la consulta telemática de los datos de identidad y residencia. Si se opone de forma expresa a la consulta de esta información, puede realizar la solicitud a través del registro electrónico general de la Administración General del Estado presentando el formulario SOLICITUD DE CAMBIO DE ENTIDAD MÉDICA junto con la documentación indicada en el mismo.
Las personas mutualistas en activo deben realizar las solicitudes de trámites de MUGEJU a través de medios electrónicos, conforme a lo dispuesto en el artículo 14.2 e) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Las personas mutualistas jubiladas o aquellas que justifiquen problemas de acceso a los medios electrónicos pueden presentar su solicitud presencialmente en las oficinas de MUGEJU, o en cualquiera de los demás lugares previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. En la sede central de Madrid y en la delegación de Barcelona se recomienda pedir cita previa para garantizar un mejor servicio.