CÓMO SOLICITAR ESTA PRESTACIÓN
Puede hacerlo por Internet: a través de la pestaña Online.
También puede hacerlo de forma presencial, como describe la pestaña Presencial.
DOCUMENTACIÓN A APORTAR
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Facturas originales en las que consten el número y las fechas de las sesiones realizadas.
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Renta de la unidad familiar:
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Última declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, o en su caso comunicación emitida o liquidación girada a efectos de devolución por la administración tributaria.
Si no existe obligación de declarar: certificación de la administración tributaria acreditativa de no haber presentado la declaración y de las imputaciones íntegras de ingresos que consten en la administración tributaria. -
Declaración responsable de las pensiones o prestaciones percibidas que estén exentas o que no estén sujetas a tributación por el Impuesto de la Renta de las Personas Físicas.
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Si solicita una ayuda por logopedia:
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Prescripción del pediatra, otorrinolaringólogo o neurólogo de la entidad médica o del servicio público de salud con descripción de la patología que presenta y codificación según la clasificación internacional de enfermedades (CIE-9).
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Informe del logopeda, en el que consten la patología y el tratamiento realizado.
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Si solicita una ayuda por psicoterapia:
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Prescripción de tratamiento de psicoterapia por un psiquiatra de la entidad médica o del servicio público de salud, con descripción de la patología susceptible de tratamiento psicológico.
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Informe del psicólogo en el que consten la patología y el tratamiento realizado.
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NORMATIVA
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Resolución de 19 de diciembre de 2012 (B.O.E. de 29 de diciembre de 2012), de la Mutualidad General Judicial, regula la ayuda por tratamiento de psicoterapia o logopedia y la ayuda para gastos de hospitalización psiquiátrica para mutualistas adscritos a los Servicios Públicos de Salud de las Comunidades Autónomas.
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Resolución de 9 de enero de 2013 (B.O.E. de 29 de Enero de 2013), por la que se corrigen errores en la de 19 de diciembre de 2012.
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Resolución de 29 de enero de 2013 (B.O.E. de 20 de febrero de 2013), por la que se corrigen errores en la de 19 de diciembre de 2012.
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Resolución de 15 de diciembre de 2015 (B.O.E. de 21 de diciembre de 2015), por la que se modifica parcialmente la de 19 de diciembre de 2012.
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Resolución de 23 de febrero de 2017 (B.O.E. de 1 de marzo de 2017), por la que se modifica la de 19 de diciembre de 2012.
Para solicitar esta prestación debe estar dado de alta como mutualista titular de la Mutualidad General Judicial. La identificación se realizará mediante el sistema Cl@ve, por lo que deberá estar dado de alta en ese sistema o bien disponer de dni-electrónico o uno de los certificados digitales admitidos por la sede electrónica.
- Para solicitar la prestación, pulse el botón Iniciar Trámite.
- Si solicitó la prestación y la Mutualidad le ha solicitado que adjunte algún documento, utilice el Servicio de remisión de documentación.
Puede presentar el impreso de solicitud y los documentos asociados en los servicios centrales o las delegaciones provinciales de la Mutualidad General Judicial, o en cualquiera de los demás lugares previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.